El Tribunal Administrativo de La Guajira negó las pretensiones del medio de control de nulidad electoral presentado por el señor Lorenzo Javier Iguarán Solano, contra el acto de elección de Iván Mauricio Soto Balán como alcalde de Barrancas, bajo la causal subjetiva de prácticas de corrupción contra el electorado.
El mandatario expresó sentirse tranquilo con la decisión del tribunal y expresó: “estuve consciente todo el tiempo de que las pruebas expuestas carecían de veracidad”.
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Añadió que continuará trabajando en la gestión de recursos e importantes proyectos que conlleven al beneficio de la población barranquera, cumpliendo, como hasta ahora lo ha hecho, con lo pactado en el Plan de Desarrollo Municipal.
“Gracias a Dios, a mi familia y a todo el pueblo barranquero que siempre confió y me apoyó”, manifestó.
Según la demanda presentada en contra de Soto, en el desarrollo de la jornada electoral se presentaron múltiples irregularidades, “tales como la compra de votos y maniobras tendientes a corromper la voluntad del electorado”.
El demandante sostuvo que “en el municipio se observó la presencia de muchos buses el día anterior a la elección con personas provenientes de otros municipios sin ningún tipo de arraigo y desconocidos por los residentes de Barrancas”, de igual forma, señaló que “el día de las elecciones se observó la presencia de muchas personas desconocidas entrando en grupo a votar en los puestos tanto urbanos como rural”.
En este sentido, el Consejo Nacional Electoral, actuando a través de apoderado judicial, sostuvo que “luego de valorar los hechos expuestos en la demanda y de las pretensiones solicitadas, así como de las pruebas aportadas y practicadas dentro del presente proceso, llegó a la conclusión que el demandante no cumplió con la carga procesal necesaria para desvirtuar la presunción de legalidad del acto electoral demandado, toda vez que con lo expresado y probado no se satisfacen los requisitos legales y jurisprudenciales para la prosperidad de las pretensiones”.