Las consecuencias colaterales

Ya nos hemos referido a los antecedentes y consecuencias de la baja de la calificación de la deuda soberana de la Nación, de inversionista a especulativa, por parte de Estándar & Poor´s el pasado 19 de mayo y la amenaza de Ficht, si no se aprueba prontamente la anunciada reforma tributaria 2.0, ahora queremos hablar de sus consecuencias colaterales, que no son de poca monta.

Una profecía autocumplida

Se entiende por profecía autocumplida la previsión o predicción que termina por convertirse por sí misma en la causa eficiente de su materialización. En ello juega un papel de la mayor importancia la percepción de los agentes de la economía, que es la que en última instancia determina su comportamiento. Este es el caso de la pérdida reciente de la calificación inversionista de la deuda soberana de Colombia.

El mamagallismo oficial

Ya han transcurrido tres años desde que el 8 de mayo de 2017 la Corte Constitucional, en un fallo histórico (T-302), en respuesta a la acción incoada por el Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo, tendiente a que la Corte Constitucional declarara el Estado de cosas inconstitucional en La Guajira.

La educación es la clave (Primera parte)

Como lo acotan en su estudio Guajira 360º y la Universidad del Norte, “la literatura económica señala que el grado de escolarización (número de años) y la calidad de la educación obtenida en el desarrollo académico, tienen una relación directamente proporcional con el nivel de ingreso personal, la calidad de vida del grupo familiar y el crecimiento económico de una localidad, región y los países”. La educación es la clave.

Se obedece pero no se cumple

A la Corte Constitucional se le acabó la paciencia y en su Auto, tras una dura reprimenda contra todas las entidades y autoridades “accionadas y vinculadas”, empezando por el Gobierno nacional, las conmina a cumplir sus requerimientos, tanto más en cuanto que con la pandemia se han exacerbado las causales que determinaron la actuación tanto por parte de la CIDH como de la la Corte Constitucional.

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