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Familia Wayuu gana demanda contra la Alcaldía de Maicao, pero Dasuki no quiere pagar

Por Estercilia Simanca Pushaina – Abogada y escritora del pueblo Wayuu.*

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Y si fuera el menor de tus hijos al que acostumbras llevar al colegio y del que no apartas la mirada hasta que cierre el portón porque temes que salga y se vaya a explorar el mundo, al que recoges al final de la jornada y te digan que lo atropelló un carro a la hora del recreo, un carro cuyo chofer maniobraba para adelante y para atrás buscando parquearse en la calle siguiente de la escuela y debajo de esas llantas tu hijo triturado. Qué harías si eres tú la que lo pariste y que en cada pujo sentía que te abría los huesos y te arrancaba las entrañas, la que lo encuentre tendido en la arena porque nadie tuvo la fuerza para alzarlo y te toque a ti llevarlo a un hospital cercano y en una moto porque todos quedaron paralizados del horror.

Hace siete años tomé un caso huérfano, de esos que prometen muy, pero muy al final, donde los potenciales clientes ni para las fotocopias tienen, pero sólo me bastó mirar sus ojos y ver sus almas devastadas, para redactar el poder y decirles: «Firmen. Los llamo cuando salga la sentencia, por ahí en 6 años»
_ ¡Tanto!
_ Si, tanto.

Se trata de una reparación directa donde el demandado es la Alcaldía de Maicao y los demandantes los padres de un menor de la etnia Wayuu, un caso en el que se cometió una falta gravísima, dado que la administración municipal ofreció los oficios de un palabrero para que los padres de la víctima conciliaran con el señor del vehículo que atropelló al menor, en las instalaciones de la oficina de asuntos indígenas, en la propia Alcaldía de Maicao, el municipio no debió jamás mediar en ese caso por la sencilla y profunda razón que era un actor en los hechos por su negligencia y tomé cartas en el asunto por múltiples razones:

1) por tratarse de una familia Wayuu que podía, como efectivamente pudo, accionar al sistema judicial mediante una demanda, así como lo han hecho cientos de colombianos, recordemos la reparación por la tragedia de los 21 niños del Agustiniano Norte en Bogotá en donde el Distrito y el Consorcio Alianza Suba tuvieron que pagar la correspondiente indemnización.

 2) por darle una sanción ejemplar al Estado por su negligencia y que tuviera desde ese momento en adelante precaución con sus estudiantes mientras estuvieran bajo su encargo y,

3) por obtener una reparación que fuera más allá de los tres millones que le fueron arrancados al chofer de un vehículo particular que transportaba niños y que esa mañana salió dispuesto a ganarse la vida y no a matarla, porque el menor debía estar a esas horas dentro del plantel educativo y no por fuera de él, se trataba de un niño de seis años y al que todavía le decían bebé.

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Siete años después de los hechos la Alcaldía de Maicao es condenada a reparar el daño por su falta de previsibilidad de lo previsible, a sentar un antecedente que los pueblos indígenas pueden acudir a la jurisdicción ordinaria y ser actores, cuando la reparación resulte superior que por la jurisdicción especial, al que convenientemente la Administración de Maicao, en ese entonces, condujo  a unos padres que desconocían que podían accionar al aparato judicial colombiano y obtener una reparación digna basada en una sentencia de la Sala Plena de la Sección Tercera del Consejo de Estado donde se fijaron los topes indemnizatorios correspondientes al daño moral y a la salud y a la afectación relevante a bienes o derechos constitucional y convencionalmente amparados y no en la capacidad persuasiva de una figura milenaria que merece todo mi respeto, pero que buscó en este caso eximir a la administración municipal de su responsabilidad y tuvieron la osadía de usar la frase “hace tránsito o cosa juzgada” en el acta de conciliación que se levantó.

Pasaron dos administraciones en el palacio municipal de Maicao, la de Eurípides Pulido Rodríguez y la de José Carlos Molina Becerra, la “administración naranja” como cariñosamente se llaman, mientras se  dictaba sentencia que ordena reparar en más de 200 salarios mínimos a una familia Wayuu pobre, dos administraciones a las que se les dio la oportunidad de una conciliación extrajudicial, incluso hasta  después de la audiencia de pruebas, pero subestimaron nuestra capacidad de ir por fuera de nuestros territorios a reclamar justicia. Como este hay muchos casos, donde los actores son indígenas y Estado. Ojo al dato.

Ojalá que esta administración asuma las fallas de las administraciones pasadas, aquí no cabe como se estila: “Es que eso paso antes de que yo llegara”.

El alcalde Mohamed Dasuki apeló la sentencia de primera instancia.

Foto: Iván Sánchez.

*Las opiniones expresadas en este espacio son responsabilidad de sus creadores y no reflejan la posición editorial de revistaentornos.com

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