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Contraloría sigue recibiendo quejas sobre falta de elementos de protección a personal médico

La Contraloría General de la República ha recibido múltiples denuncias ciudadanas relativas a la deficiente o nula entrega de Elementos de Protección Personal (EPP) a afiliados de las ARL en riesgo de exposición directa al virus COVID-19.

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Según el organismo la primera entrega de elementos de protección personal (EPP) por parte de las ARL a las empresas afiliadas que tienen trabajadores en riesgo de exposición directa, presentó, en la mayoría de los casos una cobertura insuficiente.

Por ejemplo en Bogotá, la denuncia de la Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación, contra el ministerio de Salud y las ALR, es para que se gestione la entrega de elementos de protección personal y el pago de remuneración y de incapacidades ante posibles contagios por el COVID-19.

Igualmente en una institución que alberga niños entre 0 y 8 años, no se han entregado los elementos de bioseguridad al personal que los atiende.

En Fusagasugá (Cundinamarca) hay una denuncia contra la ARL POSITIVA por no entregar elementos de protección a personal que trabaja en urgencias odontológicas, por parte de una Institución Prestadora de Salud en esta área.

Hay denuncia  de presuntas irregularidades en la Clínica EUSALUD Materno Infantil Chapinero. Habría recibido de la ARL algunos elementos de bioseguridad que no ha entregado al personal médico.

Médicos del área de consulta externa en la Unidad Prestadora de Salud Boyacá de la Policía Nacional, en la ciudad de Tunja (Boyacá), remiten queja relacionada con la calidad de elementos de protección personal entregados a personal médico por parte ARL POSITIVA.

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La Federación Médica Colombia también dice que ha habido incumplimiento en el suministro de equipos de protección.

También se ha recibido copia de tutelas contra algunas ARL (COLMENA), por no entregar los EPP.

Las denuncias de competencia de la Contraloría están siendo tramitadas por las Contralorías Delegadas para el Sector Trabajo y para el Sector Salud, y las que no, están siendo remitidas al ministerio de Trabajo.

Los Decretos 488 y 500 de 2020 así como las Circulares 017 y 029 de 2020 del Ministerio de Trabajo, definen qué tipo de afiliados se consideran en riesgo de exposición directa de forma específica: personal de salud, aseo, vigilancia, alimentación, administrativos (asociados al sistema de salud), personal de terminales aéreos, terrestres, marítimos, control fronterizo, Cruz Roja, Defensa Civil y Bomberos.

Sin embargo, al revisar la información reportada por las mismas ARL, se han identificado empresas afiliadas cuyo objeto social no se encuentra relacionado con este tipo de actividades, por lo cual la entrega con cargo al 7% de los recursos de las ARL, ordenado por los mencionados decretos, podría ir en contra del ordenamiento legal y disminuiría la capacidad de atención de personal que se encuentre en riesgo de exposición directa.

Los Decretos 488 y 500 de 2020 ordenan además de la entrega de Elementos de Protección Personal (EPP), la realización de pruebas preventivas y diagnósticas a los afiliados en riesgo de exposición directa con cargo al 7% de los recursos que perciban las ARL por concepto de cotizaciones al Sistema de Riesgos Laborales.

Sin embargo, la Contraloría ha encontrado que es baja o nula la realización de pruebas por parte de las ARL que permitan prevenir o mitigar la propagación del COVID-19.

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