Comunidad de Provincial y Cerrejón llegan a un acuerdo

Cerrejón logró un acuerdo respecto a lo ordenado a la empresa por la Corte Constitucional en la Sentencia T – 614, con las autoridades tradicionales y el cabildo gobernador del Resguardo de la comunidad de Provincial.

Según la empresa la comunidad indígena ha retomado el entendimiento del acuerdo inicial, suscrito en noviembre de 2020, donde realizaron ajustes al mismo, contenidos en el denominado otro sí N°. 1 al acuerdo, así como ratificado en su totalidad el texto sobre la materia, constituyendo ello un hito histórico entre las partes. 

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“El perfeccionamiento de este Acuerdo es resultado de un consenso de los miembros del Resguardo, donde participaron las Autoridades Tradicionales, el cabildo, líderes y la asamblea en pleno de la comunidad”, afirma la multinacional.

Las partes acordaron que, con la ejecución de los compromisos mutuos contenidos en los acuerdos suscritos, se da cabal cumplimiento a la ejecución de lo ordenado en la Sentencia T-614/19, en las resoluciones que le corresponden a Cerrejón en la citada sentencia y abarca otros temas que, aunque no hacen parte del fallo, fueron incluidos por ser de gran importancia y de beneficio general para los habitantes del resguardo.

El Resguardo Indígena de Provincial declara igualmente que su decisión de suscribir y ejecutar lo acordado con Cerrejón, se hace en ejercicio de su derecho fundamental a la autonomía, refrendando su capacidad para tomar decisiones y sin intervención de terceros. En tal sentido, no reconocen las actuaciones distintas a las propias ni declaraciones que no provengan de sus autoridades legítimamente constituidas.

Las partes hicieron una invitación pública a la Defensoría del Pueblo, en su calidad de Presidente de la Comisión Técnica ordenada por la Corte Constitucional en la sentencia T-614, y a las demás autoridades nacionales y regionales que hacen parte de dicha comisión, para que participen activamente en el seguimiento a la ejecución de estos acuerdos, para dar así cumplimiento cabal a lo establecido por la Corte Constitucional en el pronunciamiento ya mencionado.

 

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