Con la reapertura económica y la reactivación progresiva de diferentes actividades, el ministerio de Salud y Protección Social expidió el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del Covid-19 en establecimientos e inmuebles con piscinas, bajo Resolución 1547 de 2020.
Según el ministerio estos lugares deben contar con la infraestructura necesaria para aplicar las medidas establecidas o el servicio no podrá ser habilitado. Las secretarías de salud de los entes territoriales serán las encargadas de velar por el cumplimiento de las normas establecidas.
Cada uno de estos lugares deben adecuar una zona de limpieza y desinfección para manos y calzado, que disponga de alcohol glicerinado al 60%, toallas desechables y tapabocas. También la toma de temperatura.
Separar con barreras físicas, demarcar y señalizar las zonas de atención, estancia y baños para conservar el distanciamiento de dos metros entre usuarios y con los empleados.
Los baños deben estar habilitados y dotados de manera constante de elementos de aseo personal para trabajadores y usuarios. Además, deben tener de manera visible y clara avisos pedagógicos de cómo lavarse correctamente las manos. También, en las áreas comunes se deben instalar dispensadores de gel antibacterial.
Se hace necesario eliminar, suprimir o desactivar los accesos que requieran contacto, como pines, reconocimiento de huellas dactilares y/o torniquetes, y en lo posible, diferenciar una puerta de entrada y otra de salida. Además, el uso de fuentes de agua está prohibido.
En cuanto al aforo permitido, este será determinado de acuerdo con la capacidad total de la piscina y si está en un recinto cerrado o a cielo abierto.
Para garantizar espacios limpios y desinfectados, cada establecimiento debe generar un protocolo con los aspectos definidos en el documento ABECÉ «Reducción de riesgos asociados al uso de productos plaguicidas y desinfectantes», emitido por el Ministerio de Salud y que se puede consultar en su sitio web, que incluya mínimo tres jornadas de limpieza y desinfección.
La ventilación de todos los espacios cerrados; limpieza y desinfección de elementos, equipos y superficies; calidad del agua contenida en el estanque; y manejo de residuos sólidos son, entre otros, aspectos explicados en el documento.
Quienes estén en una zona de piscinas deben acatar las medidas de bioseguridad establecidas, como guardar el distanciamiento físico de dos metros, permitir la toma de temperatura, realizar lavado de manos antes de ingresar a la piscina y mínimo cada tres horas,
El consumo de bebidas alcohólicas está prohibido en las piscinas, áreas anexas o zonas complementarias.
El Gobierno nacional también ha establecido un protocolo específico para las playas que están abriendo en diferentes partes del país.
Se estableció que los linderos de las playas, sus entradas y sus salidas deben estar demarcadas. Igual que con las piscinas, tienen que haber puntos de desinfección disponibles tanto para los turistas como para los trabajadores.
Los bañistas deben mantener el distanciamiento físico con desconocidos tanto dentro como fuera del mar y el uso del tapabocas mientras no esté dentro del agua también es de carácter obligatorio.