En consonancia con las acciones establecidas por el Ministerio de Transporte, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, la Superintendencia de Puertos y Transporte en el marco de la Estrategia Nacional contra la Ilegalidad y la Siniestralidad Vial, así como las advertencias hechas por la Secretaría de Movilidad de Bogotá, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) hace un enérgico llamado a la ciudadanía a no utilizar aplicaciones móviles de tránsito ilegales que promuevan el servicio de recogida o transporte de pasajeros en motocicletas.
La máxima autoridad de la Seguridad Vial en el país recuerda que el Código Nacional de Tránsito expresa de forma clara que la motocicleta no está habilitada para ser un vehículo de transporte público. Por lo tanto, el servicio de transporte en moto es un servicio ilegal que pone en riesgo la vida y la integridad de sus usuarios.
La ANSV reitera que los usuarios de este tipo de servicios no cuentan con ninguna garantía de idoneidad de los conductores que prestan el servicio. Por el contrario, estos esquemas incentivan a los conductores a lograr el mayor número de viajes, ya sea por tiempo o por distancia, promoviendo la ilegalidad y conductas de riesgo como asumir exceso de velocidad, hacer uso inapropiado de la infraestructura vial para llegar más rápido de un punto a otro (contravía, invasión de andenes, etc.), implicando así riesgos para los usuarios de la moto y los demás actores viales.
Adicionalmente, este tipo de aplicaciones móviles estimulan el uso de elementos distractores mientras se conduce, como el teléfono celular, al generar las alertas de programación de servicios.
Por otra parte, la ANSV resalta y recuerda que el casco es un elemento de protección de uso personal. La efectividad para el usuario de la moto depende de sus características de fabricación (certificación de calidad), del buen estado de sus componentes y de su correcto uso (abrochado y de la talla respectiva al tamaño del cráneo de cada usuario). En la práctica ilegal de “mototaxismo”, el acompañante tiene una alta probabilidad de utilizar cascos que no corresponden a su talla; por lo tanto, en caso de siniestro vial, este elemento (casco) no cumpliría su funcionalidad de manera óptima como elemento de protección personal.
Usuarios de “mototaxismo” no están amparados por el SOAT
Por último, hay que recalcar que estos servicios no cuentan con un esquema de aseguramiento del vehículo, sus ocupantes y los demás actores viales, en caso de un siniestro vial. De esta forma, al usar este tipo de vehículos como transporte público, los pasajeros de la moto NO estarían amparados por la cobertura del Seguro Obligatorio de Daños Corporales Causados a las Personas en Accidentes de Tránsito (Soat). Teniendo en cuenta el alto riesgo de siniestralidad que presentan las motos, los usuarios de estos servicios se están exponiendo a una lesión grave o incluso a perder la vida.
En Colombia, los usuarios de la motocicleta son los actores más vulnerables de la movilidad, no solo porque aportan la mayor cantidad de víctimas en el país, con 3.375 fallecidos en 2017 y 3.126 en 2018, sino porque conjugan la fragilidad del cuerpo humano con la velocidad de un vehículo motorizado.
La ANSV convocará a todas las autoridades de tránsito del país con el fin de que en cada jurisdicción se adopten las medidas necesarias e inmediatas para que ejerzan con mayor rigor los controles en las vías y se proceda con las sanciones de rigor, al tiempo que insta a la ciudadanía de abstenerse de usar estos servicios y que exponen sus vidas a tragedias viales.
Fuente: Agencia Nacional de Seguridad Vial