Carolina Pérez Pushaina, primera gobernadora del resguardo Caicemapa

El fallo salió al poco tiempo de su escogencia y se convirtió en su hoja de ruta, en el elemento coercitivo que tiene la Constitución de 1991 y que ordenó garantizar ayuda humanitaria por emergencia sanitaria del COVID-19 y mínimo vital de agua potable, entre otros derechos a los habitantes del resguardo, al poco tiempo regresó Carolina con los mercados que le garantiza a sus administrados una alimentación digna en tiempos de pandemia, lo mismo que carrotanques de agua.

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