Balance 2020 y cumplimiento de la Sentencia T-302 de 2017

El equipo técnico de la Veeduría Ciudadana para la implementación de la Sentencia T-302 del 2017, en su trabajo de verificación desarrollado en el 2020 ha realizado seguimiento, analizado y evaluado el estado de cosas inconstitucional que se presenta en el departamento de La Guajira y que fue evidenciado con la publicación de la Sentencia T-302 del 2017 de obligatorio cumplimiento. El año 2020 terminó con un balance en rojo. Conozca aquí los detalles:

Hasta el día de hoy y luego de 3 años de ser divulgada, aún se encuentra sin un plan de acción que permita su implementación; lo que se evidencia en el número de niños fallecidos por causas asociadas a la desnutrición que sigue incrementando las estadísticas y se hacen visibles en los 4 indicadores de seguimiento y evaluación de la Sentencia.

Durante el 2020 las condiciones sociales y económicas en el departamento de La Guajira se presentan más críticas, a consecuencia de la pandemia del COVID-19 y las dificultades en que se vió inmerso el sector minero en el que se destaca la huelga de los trabajadores del Cerrejón, lo que le restó dinámica a la demanda agregada regional, lo que incidirá en el crecimiento de los indicadores de pobreza e inequidad, que afecta de mayor manera a las comunidades wayuu.

Las acciones que han venido adelantando las instituciones con responsabilidades en la sentencia, no han tenido los impactos esperados, ya que los 4 indicadores relacionados con la desnutrición más que avanzar han retrocedido, lo que mantiene el estado de cosas inconstitucional en el departamento.

El Gobierno Nacional ha determinado disponer de $ 800 mil millones para saldar la deuda social con los wayuu en el marco de la Sentencia, sin tener clara la ruta de selección, priorización y estructuración de los proyectos con base en los principios y criterios determinados en la sentencia. La Veeduría realizó un ejercicio para determinar el cierre de brechas en los sectores de agua potable y saneamiento básico, alimentación y nutrición, salud y educación, logrando establecer que se requieren recursos adicionales a los que se invierten de manera recurrente en los programas del gobierno por el monto de $2.1 billones de pesos, lo cuales se pueden invertir de manera progresiva en un periodo de 12 años.

Sobre lo anterior y acudiendo al espíritu de la Sentencia, es necesario precisar lo siguiente:

  • La Sentencia conmina a las entidades accionadas a estructurar con las comunidades   una política pública con base en una amplia participación a través del diálogo genuino.
  • Esta política pública se debe someter a evaluaciones periódicas de más de 50 indicadores, los cuales en su gran mayoría no han sido aún construidos.
  • Las acciones que promueve la Consejera Presidencial, se sustentan sobre una estrategia de representación y no de participación, ya que fueron seleccionados delegados para deliberar y decidir sobre los planes de inversión.
  • La Consejería Presidencial para las Regiones, ha propuesto un proceso de consulta previa como un trámite “express” en la construcción del Plan de Acción en el marco del mecanismo especial de seguimiento ordenado por la Sentencia T 302 de 2017.
  • Que independientemente del monto establecido como inversión disponible de corto y mediano plazo, no se ha aclarado las fuentes de los mismos, su temporalidad, si son o no adicionales a los recursos que destina la nación para darle continuidad a los programas sociales, que en consideración de la Corte Constitucional, deben ser adicionales, ello bajo los principios de progresividad, universalidad, sostenibilidad, calidad y transparencia.

 

Al realizar el respectivo seguimiento a los indicadores establecidos por la Corte Constitucional para determinar la superación o no del estado de cosas inconstitucional y con base en los promedios nacionales y departamentales señalados, al cierre del 2020 se puede concluir que no se ha logrado cumplir con las metas establecidas por la Corte Constitucional, y por el contrario, se observa que los indicadores a 2020 se han incrementados aún más en lugar de reducirse, tomando como ejemplo la tasa de mortalidad por desnutrición de niños menores de 5 años  por cada 100 mil niños, el promedio nacional se encuentra en 5,40 mientras que en La Guajira está sobre 46,2 .

Por eso se hace urgente la implementación de la Setencia T-302 del 2017 para lograr incidir para que la cifra de niños menores de 5 años que pierden la vida por problemas relacionados a la desnutrición disminuyan   y se acerquen al promedio nacional. De no acelerar el proceso de construcción de indicadores, georeferenciación de comunidades y tipos de necesidades, programas y proyectos de corto , mediano y largo plazo la situación de la niñez en La Guajira seguirá en saldo rojo.

En el anexo se encuentran los detalles sobre el estado de los indicadores que sigue la Corte Constitucional La Guajira durante el cierre del 2020, como herramienta de trabajo para la construcción de una política pública para el departamento. (Ver Anexo)

Durante el 2021 el equipo se enfocará en 4   ejes estratégicos:  i) los procesos de apropiación social de la Sentencia enfocada en las comunidades wayuu; ii) acelerar la incidencia en los procesos de formulación de la política pública; iii) verificación de los impactos de las acciones promovida por las instituciones accionadas en el marco de la Sentencia y iv) gestión de comunicaciones para apoyar los procesos de apropiación social e incidencia.

Estamos seguros de la necesidad de impulsar el trabajo con las autoridades wayuu, instituciones nacionales y territoriales de manera inmediata para que se vean los resultados a final de este nuevo año que comienza.

El equipo de la Veeduría Ciudadana para la implementación de la Sentencia está en disposición de acompañar cualquier tipo de proceso, reunión, generación de competencias y diálogos  que lleven a buen término la implementación de la Sentencia.

Fuente: Veeduría Ciudadana Sentencia T-302 del 2017.

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