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Denuncia Pública | Maria Solano Pushaina, entre el acoso y la reivindicación laboral

Por Estercilia Simanca Pushaina.

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Abogada y escritora del Pueblo Wayuu

El día 24 de enero de 2.017 Maria Solano Pushaina fue nombrada en propiedad al igual que un grupo significativo de etnoducadores Wayuu como docente etnoeducador en la planta global de cargo de docentes, directivos docentes y administrativos del municipio de Maicao, mediante el Decreto No. 67 del 24 de enero de 2.017, en el cargo del docente de aula en el Centro Educativo Indígena No. 3 Jayapamana, Primaria. Hoy Institución Educativa Indígena No. 7.

Contaba Maria Solano Pushaina, autoridad tradicional de Mulamana con 54 años de edad en un tiempo en dónde es casi imposible ser contratada, nombrada o hasta para una orden de prestación de servicios prima la edad.  En un país donde las mujeres tenemos derecho a la pensión por vejez a los 57 años, después de cotizar las semanas cotizadas.

Antes de la pandemia María Solano desarrollaba sus deberes como etnoeducadora, así como lo hacen la mayoría de sus colegas, iba de rancho en rancho, de ranchería en ranchería buscando niños en edad escolar, matricularlos y sin las herramientas más elementales como pupitres, salón, tablero, iniciar las clases bajo una enramada. Al tiempo tramitaba como autoridad tradicional de Mulamana el reconocimiento como sede Educativa la escuela de su comunidad en los tiempos de la intervención administrativa, logrando para su comunidad el tan anhelado código DANE y que la sede dónde ella desarrollaba sus labores como etnoeducadora  no tenía por negligencia de la autoridad Tradicional.

Llegó la pandemia y con ella el aislamiento obligatorio, la deserción escolar, la agudización de la hambruna en sus alumnos, porque dicho sea de paso se sabe de niños y niñas Wayuu cuyo único alimento que reciben es el del famoso PAE y los planes de contingencia que idea el gobierno nacional para continuar con las clases a través de las guías se aplicaron con poco éxito en la zona rural, algo que fracaso en la zona urbana no iba a triunfar en las zona rural.

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Surgieron diferencias con la autoridad tradicional de Jayapamana algo común o lo que se estila en la comunidad Wayuu, haciendo complicada la armonía, lo que hace que María para evitar un conflicto interno es continuar sus clases en la sede Mulamana, dónde ella es autoridad tradicional y por pedido de la misma comunidad, para la cual solicitó autorización de la autoridad tradicional y este se la negó, es decir, ni la quiere en la comunidad como docente, ni tampoco autoriza o solicita su traslado ante la secretaría de educación municipal.

Por tres años ha solicitado el traslado de sede, tanto a la autoridad tradicional como ella directamente a la secretaría de educación, ya qué justificación existe, la posición dominante de la autoridad tradicional configura la fuerza mayor, requisito exigido en la resolución de nombramiento para que el traslado opere, pero ha sido en vano, ya que desde la Secretaría no se ha iniciado la investigación respectiva que acredite los hechos que ella argumenta, antes por el contrario le generaron una situación de estrés al acusarla informalmente de «abandono del cargo» lo cual la llevó a presentar la «renuncia voluntaria» que no llena el requisito de un consentimiento pleno, ya que desde que radicó su renuncia desarrolló un cuadro de estrés, como consecuencia de la Fuerza mayor ejercida alrededor de ella por la plaza docente.

En el mes de febrero de 2022, según manifiesta Maria Solano Pushaina recibió llamada por parte de la administración donde le manifestaron que tenía dos (2) años de haber abandonado el cargo, sin la correspondiente investigación que para estos delicados señalamientos se requiere, violando su derecho al Debido Proceso. Señalamiento que hizo entrar en pánico a mi representada generando estrés durante todo este tiempo. Le recuerdo señor alcalde que hace dos (2) años estábamos en pandemia por el COVID19 y la deserción escolar en la zona rural mereció por parte de las secretarías de educación especial atención y no hicieron nada para evitarla, situación que llevó a un ausentismo forzado tanto de estudiantes como directivos de las instituciones educativas.

Me permito citar un fragmento del  Plan de desarrollo municipal en los tiempos de la COVID-19 2020-2023:  3.2.4. COVID-19: Estrategias para la reactivación del sector “En tal sentido, esta administración presenta como propuestas generadoras de cambio en cuanto a educación, adaptado a las nuevas condiciones específicamente de la zona rural que ha sido el más afectado, la implementación de antenas WiFi acompañado de proyectos para la generación de energía en Zonas No Interconectadas – ZNI, así mismo, la dotación de tabletas y computadores para que se pueda desarrollar de manera adecuada el proceso de formación educativa así como el fortalecimiento de las capacidades de docentes a través de capacitaciones que permitirán entre otras, el manejo e implementación de metodologías flexibles para abordar los contenidos académicos de manera virtual y presencial. (Página 106)

El tres (3) de agosto de 2021 la Administración Temporal del Sector Educativo cuya gerencia era llevada a cabo por el doctor Oscar Fernando Niño Orjuela otorgó reconocimiento oficial como sede educativa a Mulamana para el Centro Educativo Indígena No. 6 de manera de manera inexplicable esta Resolución quedó sin efectos en la administración actual motivo por el cual no se ha podido tramitar la respectiva solicitud de código ante el Departamento Nacional de Estadística (DANE) sobre este hecho irregular se deben iniciar las correspondientes consultas ante el Ministerio de Educación Nacional en atención al artículo cuarto de la Resolución No. 0768 del 3 de agosto de 2021.

Debido al estrés (diǵnosticado) causado por la administración municipal en cabeza de sus funcionarios, llevó a MARIA IGNACIA SOLANO PUSHAINA a renunciar sin buscar la debida asesoría legal que para estos casos se requiere, ya que se trata de una mujer cabeza de hogar cuyo mínimo vital se deriva de su salario como docente etnoeducador y que cuenta en la fecha de hoy con CINCUENTA Y NUEVE (59) AÑOS DE EDAD, en nuestro país sobrepasa la edad para pensionarse cumpliendo con el número de semanas cotizadas, pero mi representada contaba con la edad de CINCUENTA Y CUATRO (54) AÑOS cuando fue nombrada, de manera tal que son varios derechos conexos los vulnerados por la Administración.

No es la primera vez que este tipo de situaciones se presentan al interior de la comunidad Wayuu, que obligan al docente a pedir traslado generando de esta forma la fuerza mayor,  situación que se podrá comprobar el historial de traslados de una sede a otra sin que sea obstáculo la Institución Educativa Indígena a la que pertenezcan, ni que para que se genere deba ocurrir un hecho fortuito, el hecho de recibir clases debajo de los trupillos, en enramadas improvisadas y sin pupitres es de por sí un hecho fortuito porque están a la intemperie. En este caso la Fuerza Mayor provino de la voluntad de terceros.

Las justificaciones para que el traslado se diera estaban y siguen estando dadas a favor de, pero no la acompañó la voluntad de la Autoridad Tradicional de Jayapamana, ni la voluntad de la administración municipal para realizar dicho traslado.

Actualmente cursa una solicitud de nulidad directa del decreto No. 0041 de mayo 2 de 2022  “POR EL CUAL SE ACEPTA UNA RENUNCIA A UN (A) DOCENTE DE AULA Y SE DECLARA LA VACANTE DEFINITIVA DEL CARGO EN LA PLANTA DE PERSONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE MAICAO” ante el despacho del alcalde Maicao Mohamad Dasuki Hajj por vicios en su consentimiento, la cual fueron raudos para aceptarla, porque entre presentar la renuncia la cual fue radicada el 4 de abril de 2022 y aceptarla solo transcurrieron veintiocho (28) días, pero nunca para iniciar un debido proceso antes de acusarla de abandono de cargo.

 

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