Un giro trascendental dio el caso del exgobernador de La Guajira, Wilmer González Brito, al ser cobijado con la medida de detención domiciliaria y reducción de la pena según nuevo fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia.
Esta decisión en segunda instancia acusatoria estuvo a cargo del magistrado Diego Eugenio Corredor Beltrán, quien resolvió modificar la sentencia inicial que dictaba 10 años de condena en detención intramural, al reducirla a 9 años absolviendolo del delito de cohecho por dar u ofrecer; sumado a ello el beneficio de casa por cárcel.
Específicamente el fallo determina 108 meses y 15 días de prisión (domiciliaria), 891.65 salarios mínimos legales mensuales vigentes y 26 meses de inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas, al ser declarado como autor de los delitos de falsedad en documento privado y fraude procesal, al igual que determinador del delito de corrupción al sufragante en la elección atípica del año 2016 donde resultó elegido gobernador de La Guajira, ante la nulidad del cargo de gobernadora de Oneida Pinto.
Cabe recordar que el fallo de primera instancia acusatorio emitido el 13 de noviembre de 2018 por la Corte Suprema de Justicia condenó a 10 años y 15 días de prisión al entonces gobernador de La Guajira, Wilmer González Brito. Dicha sentencia se profirió por los cargos de: cohecho por dar u ofrecer; corrupción al elector; fraude procesal y falsedad en documento privado. También había sido impedido para ejercer cargos públicos durante 11 años y además, se le impuso una multa de 700 millones de pesos.