Una rebaja del 50% en sus infracciones, y además, la posibilidad de realizar acuerdos de pago, podrán solicitar los deudores de multas de tránsito en La Guajira.
Así quedó estipulado en la Ley 2027 del 24 de julio de 2020 expedida por el Gobierno Nacional, según explicó el director del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte de La Guajira, Jesús Cotes Gómez.
“Se podrán acoger a la norma todas las personas a las cuales la autoridad de tránsito les haya impuesto la sanción monetaria antes del 31 de mayo de 2020”, precisó.
Los multados tienen varias opciones, según añadió. Si la infracción fue impuesta antes el 31 de mayo de 2020, los deudores podrán acogerse al descuento del 50 por ciento del total de su deuda y del 100 por ciento de los intereses de la misma, sin necesidad de asistir a un curso pedagógico de tránsito.
“Quienes suscriban acuerdos de pago dentro del término previsto en la norma tendrán un plazo de hasta un año, contados a partir de la fecha de suscripción del acuerdo de cancelación para pagar», explicó el funcionario.
Adicionalmente, precisó que, según lo que establece la ley, quienes incumplan alguna de las cuotas pactadas perderán el beneficio de la amnistía.
Los acuerdos, así como la notificación de su incumplimiento, serán suscritos al sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito –SIMIT- y al Organismo de Tránsito en cualquiera de sus oficinas en el territorio nacional.
Cotes indicó que otras de las novedades que introduce la norma tiene que ver con aquellas personas que tengan vehículos inmovilizados, los cuales serán entregados al propietario, poseedor o tenedor del mismo, previa acreditación de paz y salvo por concepto de multas o haber firmado un acuerdo de pago que se encuentre vigente.
La ley no beneficia a los infractores a quienes se le haya impuesto la sanción posterior al 31 de mayo de este año, ni a los conductores que al momento de los hechos constitutivos de la infracción estuvieran en estado de embriaguez o bajo los efectos de las sustancias psicoactivas. La norma aplica desde la fecha de su expedición hasta el 31 de diciembre del presente año.