Luego de un proceso de concertación con el gremio, el Instituto de Tránsito, Transporte y Movilidad Distrital (Instramd), expidió la resolución 1369 de 2022, por medio de la cual se adoptan medidas de restricción de circulación de vehículos particulares tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimoto en el distrito especial, turístico y cultural de Riohacha y se dictan otras disposiciones.
La circulación y/o tránsito de vehículos tipo motocicleta en el perímetro urbano, jurisdicción del Distrito de Riohacha, así:
Restricción nocturna: de lunes a viernes desde las 22:00 horas hasta las 05:00 horas del día siguiente.
Se restringe la circulación y/o tránsito de vehículo tipo motocicleta en el perímetro urbano, jurisdicción del Distrito de Riohacha desde las 22:00 horas del día sábado hasta las 05:00 horas del día Lunes (se aplicará para el día domingo la restricción correspondiente al día sin moto).
En la zona urbana, también habrá prohibición de circulación de acuerdo al último dígito de la placa de las motocicletas, la cual debe estar visible, quedando establecido así:
• Los días LUNES, está PROHIBIDA la circulación de vehículos tipo motocicleta con placa que terminen en uno (1) y dos (2).
• Los días MARTES, está PROHIBIDA la circulación de vehículos tipos motocicleta con placa que terminen tres (3) y cuatro (4).
• Los días MIÉRCOLES, está PROHIBIDA la circulación de vehículos tipos motocicleta con placa que terminen Cinco (5) y Síes (6).
• Los días JUEVES, está PROHIBIDA la circulación de vehículos tipos motocicleta con placa que terminen Siete (7) y Ocho (8).
• Los días VIERNES, está PROHIBIDA la circulación de vehículos tipos motocicleta con placa que terminen Nueve (9) y Cero (0).
Además, no se permitirá la circulación de motocicletas entre las calles 1 y 11; y entre las carreras 1 (circunvalar) y 15 (avenida de los estudiantes). Sin embargo, se podrá circular en estos vehículos al rededor del hospital Nuestra Señora de los Remedios, sin parquear y por la circunvalar para acceder al barrio Villa Fátima* y demás zonas pobladas del sector.
Además no se permitirá la circulación de vehículo tipo motocicleta dentro del sector comprendido entre la calle primera 1 y la calle once 11, entre la carrera 1 (avenida circunvalar) y la carrera 15 (avenida de los estudiantes) hasta la intersección con la calle 12; con la EXCEPCIÓN de que solo se podrá circular y/o retornar alrededor de la ESE – Hospital Nuestra Señora De Los Remedios sin parquear, comprendiendo el tramo de la vía de la calle 12 con carrera 12, a empalmar con la calle 11ª con carrera 15.
De estas medidas, quedan exentas las personas que residan entre las calles y carreras de la prohibición y quienes por motivos laborales, necesiten movilizarse en motocicleta; es de anotar que estos últimos, *necesitarán expedir alguno de los permisos especiales, que serán concedidos únicamente por el Instramd:
-E1: Zonas prohibidas.
-E2: Zonas prohibidas, Sabados y domingos.
-E3: Zonas prohibidas, Sabados y domingos y pico y placa.
Los conductores de vehículos tipo motocicleta que transiten por la jurisdicción del Distrito de Riohacha deberán portar su documento de identidad y licencia de conducción o, en su defecto el mensaje de datos derivado de la consulta en línea y en tiempo real en el Registro Nacional Único de Tránsito – Runt
Quienes infrinjan alguna de las disposiciones de esta resolución, recibirán una sanción pecuniaria dependiendo del tipo de violación a la norma y se realizara la inmovilización de la motocicleta por los días correspondientes y estipulada en dicha resolución.
El presente acto administrativo comenzó a surtir efectos jurídicos y administrativos a desde el 13 de diciembre del 2022, tendrá vigencia de un año y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.