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Corpoguajira impone medida  preventiva que suspende disposición de residuos sólidos en celdas transitorias de Riohacha

La Corporación Autónoma Regional de La Guajira, impuso medida preventiva al Distrito de Riohacha para suspender de forma inmediata la entrada y disposición de residuos sólidos en las celdas transitorias de esta capital.

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Así lo explicó Samuel Lanao Robles, Director General de Corpoguajira, quien indicó que “esta decisión busca impedir o evitar la continuación de una actividad y situación que se encuentra atentando contra el medio ambiente, los recursos naturales y la salud humana, debido a que las celdas actuales ya no cuentan con vida útil; asimismo el Distrito no posee autorización o viabilidad ambiental para construir nuevos vasos o celdas transitorias”.

La entidad informó que el 18 de julio de 2022, realizó una visita de seguimiento ambiental, para revisar las obligaciones vigentes contempladas en las Resoluciones 1867 del 2016 y 1616 de 2018, por medio de la cual se evidenció que el Distrito de Riohacha, a través de su operador de servicio de aseo ha incumplido las compromisos pactados en dichas actos administrativos.

Jorge Palomino Rodríguez, Subdirector de Autoridad Ambiental de Corpoguajira, explicó que se ha dispuesto una mayor cantidad de residuos a los establecidos en el plan de manejo ambiental, los cuales superan la capacidad de los diseños y la elevación de la cota de las celdas por encima de lo autorizado. De igual forma se detectaron varias anomalías, entre las cuales podemos indicar que construyeron dos celdas sin previa autorización de la autoridad ambiental y no se ha dado inicio a un verdadero proceso de restauración en las celdas transitorias clausuradas, entre otras afectaciones”.

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El funcionario también precisó que la suspensión será levantada cuando se compruebe que las causas que la originaron han desaparecido.

Cabe anotar que la medida preventiva fue oficializada a través de la Resolución 1513 de 2022, la cual es de ejecución inmediata, tiene carácter preventivo y transitorio y contra ella no procede recurso alguno.

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